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La reforma de la LOU y el profesorado

URI:
http://hdl.handle.net/11162/34988
Texto completo:
http://www.cdlmadrid.es/cdl/htdo ...
Nivel Educativo:
Educación Superior
Tipo Documental:
Artículo de revista
Exportar:
Exportar a RefworksBibtex
Compartir:
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Metadatos:
Mostrar el registro completo del ítem
Autor:
Hernando, José María
Fecha:
2006
Publicado en:
Boletín del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias. 2006, n. 178, octubre ; p. 29-31
Resumen:

El Consejo de Ministros aprueba la reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). El profesorado universitario funcionario pertenece a los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad. Se suprimen los Catedráticos de Escuelas Universitarias y los Profesores Titulares de Escuelas Universitarias quienes, una vez que obtengan el grado de Doctor y la acreditación de la ANECA, podrán acceder al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Además, se requiere una acreditación nacional para acceder al cuerpo de funcionarios docentes. Las Universidades pueden contratar personal docente e investigador en régimen laboral en las figuras de ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante. Además, se suprime la categoría de profesor colaborador y pueden presentarse enmiendas a esta Ley y ser aprobadas si tienen el suficiente respaldo.

El Consejo de Ministros aprueba la reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). El profesorado universitario funcionario pertenece a los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad. Se suprimen los Catedráticos de Escuelas Universitarias y los Profesores Titulares de Escuelas Universitarias quienes, una vez que obtengan el grado de Doctor y la acreditación de la ANECA, podrán acceder al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Además, se requiere una acreditación nacional para acceder al cuerpo de funcionarios docentes. Las Universidades pueden contratar personal docente e investigador en régimen laboral en las figuras de ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante. Además, se suprime la categoría de profesor colaborador y pueden presentarse enmiendas a esta Ley y ser aprobadas si tienen el suficiente respaldo.

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Materias (TEE):
universidad; legislación educativa; reforma educativa; política de la educación
Otras Materias:
Ley Orgánica 6/2001 de Universidades (LOU)
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