@article{11162/34988, year = {2006}, url = {http://www.cdlmadrid.es/cdl/htdocs/boletines/bibliotecadeboletines/102006.pdf}, url = {http://hdl.handle.net/11162/34988}, abstract = {El Consejo de Ministros aprueba la reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). El profesorado universitario funcionario pertenece a los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad. Se suprimen los Catedráticos de Escuelas Universitarias y los Profesores Titulares de Escuelas Universitarias quienes, una vez que obtengan el grado de Doctor y la acreditación de la ANECA, podrán acceder al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Además, se requiere una acreditación nacional para acceder al cuerpo de funcionarios docentes. Las Universidades pueden contratar personal docente e investigador en régimen laboral en las figuras de ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante. Además, se suprime la categoría de profesor colaborador y pueden presentarse enmiendas a esta Ley y ser aprobadas si tienen el suficiente respaldo.}, booktitle = {Boletín del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias. 2006, n. 178, octubre ; p. 29-31}, keywords = {universidad}, keywords = {legislación educativa}, keywords = {reforma educativa}, keywords = {política de la educación}, title = {La reforma de la LOU y el profesorado}, author = {Hernando, José María}, }