Orden de 21 de abril de 1945, por la que se aprueba el Reglamento por que ha de regirse la concesión de la 'Medalla Carracido'
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1945Publicado en:
Revista nacional de educación. 1945, n. 54 ; p. 107-109Resumen:
Transcripción de la legislación por la que se aprobaba el Reglamento por el que se debía regir el otorgamiento de la 'Medalla Carracido', galardón por el que se premiaba los servicios excepcionales a la Farmacia. Se le asignó dicho nombre en honor a un sabio farmacéutico. La medalla se acuñaría en plata, oro y bronce. El número de medallas estaba limitado, pudiéndose otorgar un máximo de hasta 125 medallas, repartidas en cincuenta años de la siguiente manera: 5 de oro, 25 de plata y 100 de bronce, debiéndose entregar una de oro cada diez años; una medalla de plata cada cinco años y dos medallas de bronce cada año.
Transcripción de la legislación por la que se aprobaba el Reglamento por el que se debía regir el otorgamiento de la 'Medalla Carracido', galardón por el que se premiaba los servicios excepcionales a la Farmacia. Se le asignó dicho nombre en honor a un sabio farmacéutico. La medalla se acuñaría en plata, oro y bronce. El número de medallas estaba limitado, pudiéndose otorgar un máximo de hasta 125 medallas, repartidas en cincuenta años de la siguiente manera: 5 de oro, 25 de plata y 100 de bronce, debiéndose entregar una de oro cada diez años; una medalla de plata cada cinco años y dos medallas de bronce cada año.
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