Órganos colegiados y órganos ejecutivos de gobierno
Nivel Educativo:
Tipo Documental:
Artículo de revistaEstadísticas:
Ver Estadísticas de usoMetadatos:
Mostrar el registro completo del ítemAutor:
Fecha:
2006Publicado en:
Organización y gestión educativa : revista del Forum Europeo de Administradores de la Educación. 2006, n. 3, mayo-junio ; p. 36-38Resumen:
Se estudian los principios que inspiran la Ley Orgánica 2-2006 de Educación (LOE) y su relación con la regulación de la carrera directiva recogida en la misma. Para ello se comienza con la definición de los principales objetivos de la LOE: proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos; realizar un esfuerzo compartido entre los miembros de la comunidad educativa para alcanzar el éxito escolar; y comprometerse con los objetivos educativos de la Unión Europea. Con la intención de cumplirlos la LOE desarrolla una serie de medidas encaminadas a concebir la formación como un proceso permanente durante toda la vida, a conceder más autonomía a los centros docentes y a establecer unos mecanismos adecuados de evaluación. No obstante, se critica la falta de definición de la LOE en lo que se refiere al modelo directivo, al utilizar una dualidad de órganos colegiados de gobierno, consejo escolar y claustro escolar, y órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos personificado en el equipo directivo. Finalmente se propugna una redefinición del modelo directivo que aclare los conceptos citados y dote a la dirección de los centros escolares de autonomía real.
Se estudian los principios que inspiran la Ley Orgánica 2-2006 de Educación (LOE) y su relación con la regulación de la carrera directiva recogida en la misma. Para ello se comienza con la definición de los principales objetivos de la LOE: proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos; realizar un esfuerzo compartido entre los miembros de la comunidad educativa para alcanzar el éxito escolar; y comprometerse con los objetivos educativos de la Unión Europea. Con la intención de cumplirlos la LOE desarrolla una serie de medidas encaminadas a concebir la formación como un proceso permanente durante toda la vida, a conceder más autonomía a los centros docentes y a establecer unos mecanismos adecuados de evaluación. No obstante, se critica la falta de definición de la LOE en lo que se refiere al modelo directivo, al utilizar una dualidad de órganos colegiados de gobierno, consejo escolar y claustro escolar, y órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos personificado en el equipo directivo. Finalmente se propugna una redefinición del modelo directivo que aclare los conceptos citados y dote a la dirección de los centros escolares de autonomía real.
Leer menos