¿Hay que efectuar retenciones a cuenta sobre el IRPF a los profesores, ponentes, conferenciantes, etc. que colaboran con nuestras asociaciones?
Nivel Educativo:
Educación Superior
Tipo Documental:
Artículo de revistaEstadísticas:
Ver Estadísticas de usoMetadatos:
Mostrar el registro completo del ítemAutor:
Fecha:
1998Publicado en:
Monitor educador. 1998, n. 67, Mayo-Junio ; p. 6-7Resumen:
El reciente Real Decreto 113/1998 de 30 de enero especifica que se considerarán comprendidas entre las actividades a retener las de los profesores, conferencias, seminarios y cursillos que no se presenten como consecuencia de una relación laboral.
El reciente Real Decreto 113/1998 de 30 de enero especifica que se considerarán comprendidas entre las actividades a retener las de los profesores, conferencias, seminarios y cursillos que no se presenten como consecuencia de una relación laboral.
Leer menos