Convalidación de estudios extranjeros al amparo del principio de reciprocidad
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Fecha:
1954Publicado en:
Revista de educación. 1954, n. 25 ; p. 114-121Resumen:
Se hace un estudio sobre la convalidación de estudios extranjeros basada en el principio de reciprocidad, cuya base legal radica en el artículo 1 del Decreto de 7 de octubre de 1939, en el que se establecen las normas para la convalidación en España de títulos académicos y de estudios especiales efectuados en España. Se establecen los requisitos formales y los trámites para solicitar la convalidación de los estudios extranjeros. Asimismo, se definen las disposiciones y las normas extranjeras habitualmente invocadas para este tipo de trámites y se ejemplifican en un total de 33 países, desde Alemania, pasando por países de Hispanoamérica, países del Este de Europa o Estados Unidos.
Se hace un estudio sobre la convalidación de estudios extranjeros basada en el principio de reciprocidad, cuya base legal radica en el artículo 1 del Decreto de 7 de octubre de 1939, en el que se establecen las normas para la convalidación en España de títulos académicos y de estudios especiales efectuados en España. Se establecen los requisitos formales y los trámites para solicitar la convalidación de los estudios extranjeros. Asimismo, se definen las disposiciones y las normas extranjeras habitualmente invocadas para este tipo de trámites y se ejemplifican en un total de 33 países, desde Alemania, pasando por países de Hispanoamérica, países del Este de Europa o Estados Unidos.
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