Algunas consideraciones acerca del Decreto 18-2008 sobre las Escuelas Infantiles y las Casa de Niños de la Comunidad de Madrid
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Fecha:
2010Publicado en:
In-fan-cia : educar de 0 a 6 años : revista de la Associació de Mestres Rosa Sensat. 2010, n. 125, enero-febrero ; p. 39-43Resumen:
El Decreto 18-2008 establece los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil. Este decreto infravalora la formación que deben tener los profesionales que están a cargo de este ciclo e incrementa sensiblemente el número máximo de alumnos de las unidades escolares de uno y dos años y, especialmente, las de dos y tres, con respecto a las disposiciones que el Decreto 60-2000 establecía, elevando hasta 15 el tamaño de los grupos de edades mixtas. Por otro lado, el ratio en la Comunidad de Madrid en la fecha de la publicación del decreto estaba condicionado además por otros factores teniendo un número mayor de profesores. El Decreto también hace referencia a las condiciones que deben cumplir las instalaciones y los recursos materiales.
El Decreto 18-2008 establece los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil. Este decreto infravalora la formación que deben tener los profesionales que están a cargo de este ciclo e incrementa sensiblemente el número máximo de alumnos de las unidades escolares de uno y dos años y, especialmente, las de dos y tres, con respecto a las disposiciones que el Decreto 60-2000 establecía, elevando hasta 15 el tamaño de los grupos de edades mixtas. Por otro lado, el ratio en la Comunidad de Madrid en la fecha de la publicación del decreto estaba condicionado además por otros factores teniendo un número mayor de profesores. El Decreto también hace referencia a las condiciones que deben cumplir las instalaciones y los recursos materiales.
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