De la potencia a los actos : evaluación del proyecto de dirección y del ejercicio directivo
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Fecha:
2007Publicado en:
Organización y gestión educativa : revista del Forum Europeo de Administradores de la Educación. 2007, n. 5, septiembre-octubre ; p. 18-22Resumen:
La evaluación de la función directiva se recoge desde la Ley Orgánica 9-1995, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), en el ordenamiento básico del sistema educativo. Las leyes educativas que han seguido esta estela son la Ley Orgánica 10-2002 de Calidad de la Educación (LOCE) y la Ley Orgánica 2-2006 de Educación (LOE), que además regulan un sistema de acceso a la dirección basado en los méritos académicos y profesionales. Asimismo se destaca la importancia que las dos últimas leyes de educación atribuyen al proyecto de dirección como mérito de los concursos de acceso a la función directiva. Finalmente se realizan unas consideraciones sobre la evaluación del desempeño directivo y del proyecto de dirección en las que se resalta la necesidad de que la valoración de la experiencia no se realice exclusivamente por acumulación de tiempo en el cargo, sino por la calidad del proyecto directivo desarrollado.
La evaluación de la función directiva se recoge desde la Ley Orgánica 9-1995, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), en el ordenamiento básico del sistema educativo. Las leyes educativas que han seguido esta estela son la Ley Orgánica 10-2002 de Calidad de la Educación (LOCE) y la Ley Orgánica 2-2006 de Educación (LOE), que además regulan un sistema de acceso a la dirección basado en los méritos académicos y profesionales. Asimismo se destaca la importancia que las dos últimas leyes de educación atribuyen al proyecto de dirección como mérito de los concursos de acceso a la función directiva. Finalmente se realizan unas consideraciones sobre la evaluación del desempeño directivo y del proyecto de dirección en las que se resalta la necesidad de que la valoración de la experiencia no se realice exclusivamente por acumulación de tiempo en el cargo, sino por la calidad del proyecto directivo desarrollado.
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