El fallo Castillo : ¿una nueva línea jurisprudencial o un nuevo eslabón en la cadena del «case law» de la corte suprema Argentina en derecho a la educación?
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2020Publicado en:
Foro de educación. 2020, v. 18, n. 2, julio-diciembre ; p. 27-45Resumen:
Se analiza la sentencia de la Corte argentina sobre la discusión acerca de la constitucionalidad de la obligatoriedad de la enseñanza religiosa en horario escolar en las escuelas públicas de educación primaria. Para poner la sentencia en contexto jurisprudencial, se reconstruye el case law de la Corte en materia de educación a los efectos de dar cuenta de la existencia de una serie de precedentes relevantes en la materia y que pueden ser considerados como antecedentes que guiaron al tribunal en su actual decisión. Se analizan los argumentos plasmados en el fallo en concreto, prestando especial atención a aquellos vinculados con los principios de la neutralidad religiosa y la igualdad, en tanto ambos impactaron de especial modo en las interpretaciones que los jueces asumieron respecto de la naturaleza y los alcances del derecho a la educación y de las obligaciones del Estado (tanto federal como provincial) en la materia. Se concluye afirmando que si bien el fallo constituye un paso importante hacia la exigibilidad del derecho a la educación en Argentina, la Corte Suprema debió haber puesto un mayor énfasis argumentativo a los fines de asegurar una enseñanza pública laica, conforme a una interpretación progresiva y pro persona del desarrollo normativo educativo legal, constitucional y convencional de los derechos humanos en la Argentina.
Se analiza la sentencia de la Corte argentina sobre la discusión acerca de la constitucionalidad de la obligatoriedad de la enseñanza religiosa en horario escolar en las escuelas públicas de educación primaria. Para poner la sentencia en contexto jurisprudencial, se reconstruye el case law de la Corte en materia de educación a los efectos de dar cuenta de la existencia de una serie de precedentes relevantes en la materia y que pueden ser considerados como antecedentes que guiaron al tribunal en su actual decisión. Se analizan los argumentos plasmados en el fallo en concreto, prestando especial atención a aquellos vinculados con los principios de la neutralidad religiosa y la igualdad, en tanto ambos impactaron de especial modo en las interpretaciones que los jueces asumieron respecto de la naturaleza y los alcances del derecho a la educación y de las obligaciones del Estado (tanto federal como provincial) en la materia. Se concluye afirmando que si bien el fallo constituye un paso importante hacia la exigibilidad del derecho a la educación en Argentina, la Corte Suprema debió haber puesto un mayor énfasis argumentativo a los fines de asegurar una enseñanza pública laica, conforme a una interpretación progresiva y pro persona del desarrollo normativo educativo legal, constitucional y convencional de los derechos humanos en la Argentina.
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