Trabajo y formación profesional de los deficientes mentales
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1970Resumen:
Estudiar las posibilidades educativas del deficiente y su capacidad para el trabajo. Explica el derecho al trabajo y la elección profesional de la persona subnormal, expone las posibles modalidades de trabajo y analiza el trabajo protegido. 1)Toda persona deficiente debería disfrutar, según sus aptitudes, del mismo derecho al trabajo que cualquier otro miembro de la sociedad, entendiéndose este derecho como tal y no como caridad. 2) Se debe subrayar la necesidad de que a los niños en edad escolar, se les eduque de manera que vayan desarrollando sus habilidades para la vida diaria y para prepararse a su futura vida de trabajo, ayudando a pasar al subnormal del estadio educacional al de trabajo protegido, incluyendo el aprendizaje necesario para una gama variada de trabajos. 3) El aprendizaje debe basarse en determinados estudios de las capacidades del individuo, de acuerdo con métodos sistemáticos y según un programa adaptado a la capacidad de cada uno. 4) Al mismo tiempo que se reconoce la necesidad de producir en talleres protegidos, debe prestarse especial atención al desarrollo de la personalidad, particularmente en los jóvenes, procurando aumentar la adquisición de habilidades que mejoren su competencia social. 5) El trabajo protegido, debe ser tan productivo y remunerado como cualquier otro y procurado en condiciones especialmente adaptadas a las necesidades de empleo de los deficientes, bien sean temporales o permanentes. 6) Cuando se coloca a una persona deficiente en un trabajo protegido, deben de tenerse muy en cuenta las cualificaciones tanto personales como vocacionales del individuo, así como las circunstancias del lugar. De este modo se les ayudará y mejorará su capacidad y su gusto por el trabajo, al mismo tiempo que reinará una atmósfera agradable y se conseguirá una producción eficiente. 7) En un taller protegido debe haber ambiente industrial. Por consiguiente sus dirigentes deben tener conocimientos industriales y el equipo de trabajo y los métodos deben estar al día. 8) Debe haber un servicio médico-psicológico que colabore con la dirección del taller protegido. 9) Para satisfacer las exigencias de la persona deficiente se pueden utilizar varios tipos de trabajo protegido: talleres o factorías especialmente diseñados para deficientes, la ejecución de varios tipos de trabajo al aire libre, la provisión de empleos individuales en instituciones públicas, los trabajos ejecutados por el deficiente en su casa deben ser organizados preferentemente por un establecimiento protegido. 10) La responsabilidad primaria del trabajo protegido la tiene el Estado, el cual debe de reconocer que tiene la obligación de proveer para que todos los que necesiten un trabajo protegido, lo obtengan. Si no lo hace directamente, el Estado debe favorecer y ayudar a los que lo efectúen. 11) Los organismos internacionales deben jugar un importante papel estableciendo normas, fomentando la investigación, propagando información y proporcionado asistencia técnica y consultiva. El subnormal es una persona con posibilidades educativas a distinto nivel, según su capacidad, reintegrable a una sociedad que no puede ni debe renunciar a sus valores. Esta integración a la vida social, dadas sus especiales características solo puede conseguirse mediante una actividad, lo más semejante posible a un oficio o profesión. Apuntar a una inserción laboral del deficiente es el único modo de tomarle en serio como persona humana. Es también la única manera de no retenerle ficticia y artificialmente en un infantilismo que no deriva de su deficiencia, es el único medio de provocar en él una cierta madurez de adulto, a la medida de sus posibilidades y capacidad.
Estudiar las posibilidades educativas del deficiente y su capacidad para el trabajo. Explica el derecho al trabajo y la elección profesional de la persona subnormal, expone las posibles modalidades de trabajo y analiza el trabajo protegido. 1)Toda persona deficiente debería disfrutar, según sus aptitudes, del mismo derecho al trabajo que cualquier otro miembro de la sociedad, entendiéndose este derecho como tal y no como caridad. 2) Se debe subrayar la necesidad de que a los niños en edad escolar, se les eduque de manera que vayan desarrollando sus habilidades para la vida diaria y para prepararse a su futura vida de trabajo, ayudando a pasar al subnormal del estadio educacional al de trabajo protegido, incluyendo el aprendizaje necesario para una gama variada de trabajos. 3) El aprendizaje debe basarse en determinados estudios de las capacidades del individuo, de acuerdo con métodos sistemáticos y según un programa adaptado a la capacidad de cada uno. 4) Al mismo tiempo que se reconoce la necesidad de producir en talleres protegidos, debe prestarse especial atención al desarrollo de la personalidad, particularmente en los jóvenes, procurando aumentar la adquisición de habilidades que mejoren su competencia social. 5) El trabajo protegido, debe ser tan productivo y remunerado como cualquier otro y procurado en condiciones especialmente adaptadas a las necesidades de empleo de los deficientes, bien sean temporales o permanentes. 6) Cuando se coloca a una persona deficiente en un trabajo protegido, deben de tenerse muy en cuenta las cualificaciones tanto personales como vocacionales del individuo, así como las circunstancias del lugar. De este modo se les ayudará y mejorará su capacidad y su gusto por el trabajo, al mismo tiempo que reinará una atmósfera agradable y se conseguirá una producción eficiente. 7) En un taller protegido debe haber ambiente industrial. Por consiguiente sus dirigentes deben tener conocimientos industriales y el equipo de trabajo y los métodos deben estar al día. 8) Debe haber un servicio médico-psicológico que colabore con la dirección del taller protegido. 9) Para satisfacer las exigencias de la persona deficiente se pueden utilizar varios tipos de trabajo protegido: talleres o factorías especialmente diseñados para deficientes, la ejecución de varios tipos de trabajo al aire libre, la provisión de empleos individuales en instituciones públicas, los trabajos ejecutados por el deficiente en su casa deben ser organizados preferentemente por un establecimiento protegido. 10) La responsabilidad primaria del trabajo protegido la tiene el Estado, el cual debe de reconocer que tiene la obligación de proveer para que todos los que necesiten un trabajo protegido, lo obtengan. Si no lo hace directamente, el Estado debe favorecer y ayudar a los que lo efectúen. 11) Los organismos internacionales deben jugar un importante papel estableciendo normas, fomentando la investigación, propagando información y proporcionado asistencia técnica y consultiva. El subnormal es una persona con posibilidades educativas a distinto nivel, según su capacidad, reintegrable a una sociedad que no puede ni debe renunciar a sus valores. Esta integración a la vida social, dadas sus especiales características solo puede conseguirse mediante una actividad, lo más semejante posible a un oficio o profesión. Apuntar a una inserción laboral del deficiente es el único modo de tomarle en serio como persona humana. Es también la única manera de no retenerle ficticia y artificialmente en un infantilismo que no deriva de su deficiencia, es el único medio de provocar en él una cierta madurez de adulto, a la medida de sus posibilidades y capacidad.
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