La defensa del menor en Andalucía : detección e intervención en Educación para la protección de la infancia y la adolescencia : intervención desde la Inspección Educativa
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2017Publicado en:
Avances en supervisión educativa. 2017, n. 28, diciembre ; 31 p.Resumen:
A la hora de salvaguardar los derechos fundamentales de la infancia, en el ámbito educativo son necesarias tanto actuaciones preventivas en el propio entorno, como aquellas de información y notificación a otros Servicios Especializados. Para este cometido, la inspección educativa mantiene como deber primordial salvaguardar el interés superior del menor como base de intervención ante todas aquellas situaciones que puedan atentar contra la infancia y adolescencia, desde un enfoque eminentemente preventivo. La prevención se configura como uno de los principios rectores de la acción administrativa. Así, la intervención se deberá realizar sobre niveles progresivamente diferenciados, de menos a más, en intervenciones de carácter primario, secundario y terciario, centrando en el sector educativo las relativas a la prevencio¿n primaria y secundaria. Tanto la organización como los elementos funcionales de los centros escolares están preparados para atender a estas labores, ya sea dentro de los elementos del centro (documentos básicos) como en los protocolos de intervención antes situaciones de acoso escolar, maltrato o violencia de género, entre otros. En todo caso, los planes de actuación de la Inspección Educativa comprenden la labor de supervisión y de asesoramiento en estos temas como una labor habitual y necesaria, para lo cual se establecen medidas concretas dentro de su estructura y su funcionamiento.
A la hora de salvaguardar los derechos fundamentales de la infancia, en el ámbito educativo son necesarias tanto actuaciones preventivas en el propio entorno, como aquellas de información y notificación a otros Servicios Especializados. Para este cometido, la inspección educativa mantiene como deber primordial salvaguardar el interés superior del menor como base de intervención ante todas aquellas situaciones que puedan atentar contra la infancia y adolescencia, desde un enfoque eminentemente preventivo. La prevención se configura como uno de los principios rectores de la acción administrativa. Así, la intervención se deberá realizar sobre niveles progresivamente diferenciados, de menos a más, en intervenciones de carácter primario, secundario y terciario, centrando en el sector educativo las relativas a la prevencio¿n primaria y secundaria. Tanto la organización como los elementos funcionales de los centros escolares están preparados para atender a estas labores, ya sea dentro de los elementos del centro (documentos básicos) como en los protocolos de intervención antes situaciones de acoso escolar, maltrato o violencia de género, entre otros. En todo caso, los planes de actuación de la Inspección Educativa comprenden la labor de supervisión y de asesoramiento en estos temas como una labor habitual y necesaria, para lo cual se establecen medidas concretas dentro de su estructura y su funcionamiento.
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