@misc{11162/90131, year = {1974}, url = {http://hdl.handle.net/11162/90131}, abstract = {Se trata de reflejar el estado y el peso de la orientación en la legislación española que se ha iniciado con la ley de agosto de 1970 y se ha extendido hasta finales de 1973. Las bases que sustentan el sistema de orientación en España responden a las directrices que marca la teoría de la orientación. El responsable de la orientación no puede ser cualquiera. Fuera conveniente que poseyera una cieta preparación psicopeadagógica y sociológica. La orientación tiene que fundarse en el conocimiento del orientando, tiene que estudiar la esturctura y el dinamismo de su personalidad. En la orientación del alumno no sólo deben participar las personas que se relacionan con el, sino también distintos especialistas que permiten un diagnóstico más completo. En la legislación española está previsto el funcionamiento del departamento de orientación en el que se integran 'junto al pedagogo-orientador, el médico, el psicólogo, asistente social, tutores y el director espiritual'.}, keywords = {investigación educativa}, keywords = {orientación pedagógica}, keywords = {legislación educativa}, title = {La orientación en la legislación española : 1970-73}, author = {Rubal Rodríguez, José}, }