@article{11162/32460, year = {2002}, url = {http://hdl.handle.net/11162/32460}, abstract = {La incuestionable necesidad de atención educativa diferenciada que presentan los alumnos y alumnas con sobredotación intelectual, obliga a las Administraciones Educativas a poner en marcha mecanismos de cobertura e infraestructuras adecuadas, que permitan la progresiva asunción por el profesorado, en cuanto ejecutores directos de la tarea educativa, de las características especificas de este alumnado y los modos de tratamiento didáctico convenientes, enmarcados en el conocimiento preciso de su momento evolutivo y cuidando especialmente su desarrollo psicosocial y afectivo. Consciente de ello, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco ha dictado la oportuna normativa e iniciado diversas actuaciones, a través del Servido de Educación Especial, dependiente de la Dirección de Innovación Educativa, integrada en la Consejería de Educación, con las que se pretende: formar al profesorado, responder a las inquietudes y expectativas familiares, y posibilitar la mejora del rendimiento de los alumnos y alumnas supervisados, atendiendo a sus posibilidades.}, booktitle = {Bordón. 2002, v. 54, n. 2-3 : p. 449-455}, keywords = {superdotado}, keywords = {pedagogía diferencial}, keywords = {administración educativa}, keywords = {administración regional}, keywords = {política de la educación}, keywords = {País Vasco}, title = {Alumnado con altas capacidades (AACC) en la Comunidad Autónoma del País Vasco}, author = {Apraiz de Elorza, Javier}, }